Términos Comerciales
Términos generales que rigen la prestación de servicios profesionales de Aniaforge. Estos términos se anexan al Acuerdo de Servicios específico firmado con cada cliente.
1. Identidad del prestador
- Nombre comercial: Aniaforge
- Prestador: Persona física prestadora de servicios profesionales independientes bajo el régimen fiscal de honorarios profesionales, con cédula profesional vigente, jurisdicción mexicana. El régimen fiscal específico aplicable (RESICO PF, Actividades Empresariales y Profesionales u otro) se identifica en cada CFDI emitido y se entrega al cliente bajo NDA antes de la firma del Acuerdo de Servicios.
- Identidad legal completa (nombre, RFC, domicilio fiscal, comprobante de identidad, referencias): se entrega al cliente potencial mediante Acuerdo de Confidencialidad (NDA) bilateral, previo a la firma de cualquier propuesta comercial.
- Razón de la reserva pública: medida de seguridad operativa frente a riesgos crecientes en México de doxxing comercial, suplantación de identidad para fraude fiscal, scraping masivo de datos, y extorsión dirigida a operadores tecnológicos con clientes en sectores sensibles. La reserva es preventiva y aplica únicamente a la exposición pública del sitio web — no a la relación contractual con el cliente, donde la identidad legal del prestador es siempre conocida y verificable previamente.
- Contacto inicial: hola@aniaforge.com
- Solicitud de NDA + ficha de identidad: hola@aniaforge.com con asunto "Solicitud NDA — Identidad legal".
Importante: ninguna propuesta comercial, cotización o contrato se firma sin que el cliente conozca previamente la identidad legal completa del prestador. La reserva aplica únicamente a la divulgación pública en el sitio web.
2. Naturaleza de los servicios
Aniaforge presta servicios profesionales independientes en las siguientes áreas:
- Desarrollo de software a medida
- Modernización de sistemas legacy
- Aplicaciones móviles (iOS, Android, multiplataforma)
- Infraestructura cloud y migración (AWS, GCP, Azure)
- Plataformas internas (admin panels, dashboards, herramientas)
- Integraciones, APIs y automatización con agentes de inteligencia artificial
Aniaforge actúa como contratista independiente. No existe relación laboral, de subordinación, jerárquica ni de representación con el cliente. El cliente no adquiere obligaciones patronales hacia Aniaforge ni hacia su co-operador independiente, conforme a los artículos 20 al 23 de la Ley Federal del Trabajo. Cada parte mantiene su propia responsabilidad fiscal, laboral, de seguridad social y de cumplimiento normativo de manera independiente.
3. Contratación
La prestación de servicios se formaliza mediante:
- Cotización por escrito específica al proyecto, con alcance, plazo, precio y entregables
- Aceptación expresa del cliente (firma física, firma electrónica conforme al Código de Comercio mexicano, o aceptación por medio electrónico identificable)
- Acuerdo de Servicios firmado que incorpora estos Términos Comerciales como anexo vinculante
Las conversaciones preliminares, propuestas no firmadas y cotizaciones expiradas no generan obligaciones contractuales para ninguna de las partes.
Conservación de mensajes de datos
Aniaforge conserva los Acuerdos de Servicios firmados digitalmente, NDAs y demás mensajes de datos contractuales conforme a la NOM-151-SCFI-2016 (Requisitos que deben observarse para la conservación de mensajes de datos y digitalización de documentos), por un plazo mínimo de 10 años desde la firma. Los mensajes se almacenan en infraestructura cifrada con respaldo redundante y sello de tiempo cuando aplique.
4. Modelo de pago y facturación
Estructura general
- Anticipo: 30% a 40% del valor total del proyecto al firmar el Acuerdo de Servicios
- Proyectos cortos (menos de 2 semanas): 50% al firmar, 50% al entregar
- Proyectos largos (más de 4 semanas): estructura por fases entregables; cada fase liquida antes de iniciar la siguiente
Forma de pago
- Transferencia electrónica SPEI a CLABE proporcionada por Aniaforge
- Plazo de pago: 5 días hábiles desde la emisión de la factura
- Pagos en pesos mexicanos (MXN) por convención local · CFDI emitido siempre en MXN conforme a la normativa fiscal mexicana. Para clientes con presupuesto interno expresado en otra moneda (USD principalmente), la cotización puede emitirse de manera referencial al tipo de cambio FIX publicado por Banco de México el día hábil inmediato anterior a la firma del Acuerdo de Servicios, pero el pago y la facturación se realizan en MXN al tipo de cambio del día de cada pago. El riesgo cambiario corre por cuenta del cliente salvo pacto expreso en contrario.
Facturación
Al iniciar la relación contractual y previo al primer pago, el prestador formaliza el régimen fiscal correspondiente ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria) y emite Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) conforme a la normativa fiscal mexicana vigente. La emisión del CFDI se realiza al recibir cada pago confirmado. Los datos fiscales del prestador se entregan al cliente como parte del paquete de Acuerdo de Confidencialidad (NDA) bilateral, previo a la firma de cualquier propuesta comercial.
Mora
Los pagos no realizados dentro del plazo acordado generan interés moratorio equivalente al TIIE a 28 días más 4 puntos porcentuales anuales, calculado por días naturales de mora, conforme al artículo 362 del Código de Comercio.
Facturación a clientes domiciliados fuera de México
Para clientes con domicilio fiscal fuera del territorio mexicano (otros países de LATAM, EE.UU., Europa), el CFDI se emite con los códigos correspondientes a residente extranjero conforme al Código Fiscal de la Federación (CFF) y al Anexo 20 del Reglamento del CFF. Las retenciones aplicables se ajustan al convenio para evitar la doble imposición vigente entre México y el país de residencia del cliente, cuando aplique. El cliente extranjero deberá proveer la documentación de residencia fiscal correspondiente para que pueda aplicarse el convenio.
5. Criterios de aceptación
Antes de iniciar el proyecto, las partes acuerdan por escrito:
- Objetivos específicos y verificables del proyecto
- Fecha límite de entrega
- Criterios de aceptación medibles (qué cuenta como "cumplido")
- Alcance preciso (qué SÍ y qué NO incluye el proyecto)
Ventana de aceptación
Una vez entregado el proyecto o fase:
- El cliente cuenta con 5 a 10 días hábiles (según se acuerde) para revisar y aceptar formalmente
- La aceptación puede ser expresa (por escrito) o tácita (silencio durante la ventana, salvo que se haya pactado expresamente lo contrario)
- Cualquier observación debe ser específica, verificable y referirse a los criterios de aceptación previamente firmados
6. Cambios de alcance
Toda solicitud que implique modificación al alcance originalmente acordado requiere un proceso formal:
- Solicitud por escrito del cliente describiendo el cambio deseado
- Estimación por Aniaforge del tiempo y costo adicionales
- Aceptación expresa del cliente antes de implementar
- Sin aceptación de la estimación, se mantiene el alcance y precio originales
Aniaforge no realizará trabajos fuera del alcance sin acuerdo previo, ni asumirá costos adicionales no acordados por escrito.
7. Garantía de entrega
Si Aniaforge no cumple los criterios de aceptación firmados en la fecha límite acordada, no facturará el saldo pendiente.
El anticipo recibido se devolverá íntegramente al cliente o, a elección de este, se aplicará a una nueva propuesta dentro de los siguientes 90 días.
Esta garantía no aplica cuando el incumplimiento se deba a:
- Cambios solicitados por el cliente no formalizados
- Bloqueos atribuibles al cliente (acceso, decisiones pendientes, entregables no proporcionados)
- Causa de fuerza mayor
8. Garantías y limitaciones
Lo que Aniaforge garantiza
- El código entregado cumple los criterios de aceptación firmados
- Período de garantía técnica de 30 días naturales posteriores a la aceptación, para bugs causados por el código entregado
- Reparación sin costo de defectos cubiertos por la garantía técnica
Lo que Aniaforge no garantiza
- Resultados específicos de negocio del cliente (ventas, conversiones, ROI, etc.)
- Comportamiento del software ante modificaciones realizadas por terceros tras la entrega
- Compatibilidad indefinida con servicios externos cuyo cambio escape al control de Aniaforge
- Ausencia total de errores menores no críticos posteriores al período de garantía
9. Propiedad intelectual
A partir del pago completo del proyecto o fase correspondiente:
- El código y entregables específicamente desarrollados para el cliente son propiedad del cliente
- Aniaforge cede en favor del cliente los derechos patrimoniales sobre dichos entregables, conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor
Aniaforge retiene la titularidad sobre:
- Librerías, frameworks open-source y componentes preexistentes
- Conocimientos, metodologías y know-how desarrollados con anterioridad
- Componentes reutilizables de uso interno de Aniaforge
Aniaforge puede referenciar el caso de manera anonimizada (sin nombre del cliente ni información identificable) para fines de marketing propio, salvo que el cliente lo prohíba expresamente por escrito en el Acuerdo de Servicios.
10. Confidencialidad mutua
Ambas partes se obligan a mantener bajo estricta confidencialidad:
- Información técnica, comercial, estratégica o de cualquier otra naturaleza identificada como confidencial
- Códigos de acceso, credenciales y datos sensibles del cliente
- Métodos, procesos y herramientas propietarias de Aniaforge
- Términos económicos del Acuerdo de Servicios
La obligación de confidencialidad subsiste por 3 años posteriores a la terminación del proyecto.
Ninguna de las partes hablará públicamente del proyecto, de la relación comercial o de su contraparte sin autorización escrita previa. Esta restricción aplica simétricamente a comentarios positivos y negativos.
11. Subcontratación y co-operador
Aniaforge puede apoyarse en:
- Un co-operador independiente para code reviews y validación de decisiones técnicas críticas
- Servicios de infraestructura de terceros (Cloudflare, AWS, GCP, Azure, etc.)
- Modelos de inteligencia artificial vía API (proveedores frontier con certificaciones SOC 2 Type II / ISO 27001 / ISO 42001)
El co-operador firma compromisos de confidencialidad equivalentes a los del presente documento. El cliente puede objetar por escrito la participación de un subcontratista específico cuando exista conflicto de interés u otro motivo justificado.
12. Resolución de disputas
Las controversias derivadas del Acuerdo de Servicios se resolverán mediante el siguiente procedimiento escalonado:
- Comunicación directa: primera instancia entre las partes, sin intermediarios, durante un plazo de 15 días naturales
- Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC): conforme a la reforma constitucional publicada en el DOF el 15 de septiembre de 2024, las partes participarán en un proceso de mediación formal antes de iniciar cualquier procedimiento jurisdiccional o arbitral. La mediación se conduce ante un Centro Público de Justicia Alternativa o ante mediador privado certificado por la autoridad competente, durante un plazo razonable de 30 a 60 días naturales
- Mediación técnica: de manera paralela o complementaria al MASC, se puede designar un tercero técnico independiente acordado por ambas partes para emitir opinión no vinculante sobre aspectos técnicos de la controversia, en un plazo de 30 días naturales
- Arbitraje comercial: en caso de persistir la controversia, se someterá a arbitraje conforme a las reglas del Centro de Arbitraje de México (CAM) o del Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México (CANACO), con sede en la Ciudad de México y conforme al Código de Comercio mexicano
Clientes domiciliados fuera de México (LATAM, EE.UU., Europa): para clientes con domicilio fiscal fuera del territorio nacional mexicano, las Partes podrán pactar caso por caso en el Acuerdo de Servicios específico un mecanismo de arbitraje internacional bajo las reglas del Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI (UNCITRAL), del Centro Internacional de Arbitraje Regional (CIAR), o de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), con sede en una ciudad neutral acordada. La cláusula de jurisdicción exclusiva CDMX prevista en este documento aplica de manera supletoria solo si las Partes no pactan expresamente otro foro.
12.bis Disclosure de uso de Inteligencia Artificial
El prestador opera con apoyo de agentes de inteligencia artificial (modelos generativos certificados ISO 42001, SOC 2 Type II) bajo supervisión humana directa. En cumplimiento de las disposiciones aplicables sobre transparencia algorítmica:
- Conforme al Reglamento (UE) 2024/1689 (EU AI Act), art. 50, vigente para sistemas GPAI desde agosto de 2026: para clientes con operación o usuarios finales en la Unión Europea, el prestador identifica claramente los entregables generados o asistidos significativamente por IA
- El prestador conserva trazabilidad de las decisiones de arquitectura tomadas con apoyo de IA durante la prestación del servicio
- El prestador no utiliza IA para tomar decisiones automatizadas con efecto legal o significativo sobre personas físicas sin supervisión humana directa
- Todo código entregado al cliente pasa por revisión humana del prestador (operador principal) antes del merge a producción
12.ter Identificación del cliente (LPIORPI)
El prestador cumple con las obligaciones de identificación de cliente y conservación de expediente conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LPIORPI) y su Reglamento. Cuando el monto del proyecto o la suma de proyectos contratados con un mismo cliente en un periodo de 6 meses supere los umbrales establecidos por dicha ley (actualmente equivalente a $568,000 MXN aproximadamente), el cliente se obliga a proveer:
- Identificación oficial de la persona física firmante
- Constancia de Situación Fiscal (CSF) o documento equivalente para clientes extranjeros
- Comprobante de domicilio fiscal
- Acta constitutiva o equivalente (cuando el cliente sea persona moral)
- Identificación del beneficiario controlador final (UBO), cuando aplique
El prestador conserva el expediente del cliente por un plazo mínimo de 5 años conforme al artículo 18 LPIORPI y reporta a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) las operaciones que rebasen los umbrales legales.
13. Terminación
Cualquiera de las partes puede terminar el Acuerdo de Servicios:
- Por incumplimiento sustancial de la otra parte, previa notificación por escrito con 15 días naturales para subsanar
- Por causa de fuerza mayor que impida la prestación del servicio por más de 30 días naturales
- Por mutuo acuerdo en cualquier momento, mediante documento por escrito
En caso de terminación:
- El trabajo efectivamente realizado hasta la fecha de terminación se factura proporcionalmente
- Aniaforge entrega el código y documentación del estado actual al cliente
- Las obligaciones de confidencialidad y propiedad intelectual sobreviven la terminación
14. Legislación aplicable y jurisdicción
Estos Términos Comerciales y los Acuerdos de Servicios que los incorporen se rigen por las leyes vigentes en los Estados Unidos Mexicanos, particularmente:
- Código de Comercio
- Código Civil Federal (supletoriamente)
- Ley Federal del Derecho de Autor
- Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP)
- Disposiciones fiscales aplicables del SAT
Para todo lo no resuelto por mediación o arbitraje, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otra que pudiera corresponderles por razón de su domicilio actual o futuro.
15. Modificaciones
Estos Términos Comerciales pueden ser actualizados por Aniaforge en cualquier momento. Las modificaciones aplican a Acuerdos de Servicios firmados con posterioridad a la publicación. Los Acuerdos previamente firmados se rigen por la versión vigente al momento de su firma, salvo modificación expresa y por escrito acordada por ambas partes.
Contacto
Para cualquier asunto relativo a estos términos:
- Correo: hola@aniaforge.com
- Sitio: aniaforge.com
Última actualización: 23 de mayo de 2026
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